Nuevas leyes que destinan a Bomberos inversiones no cobradas

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    Se incorporaron modificaciones a la Ley Única de Fondos

  • done

    Se traspasarán los dineros/inversiones no cobrados.

  • done

    Plazo para reclamar los derechos hasta 18 de Marzo de 2023.

¿De qué se trata esta normativa?

La Ley N°21.374 de fecha 28/09/21 y la Ley N°21.433 de fecha 18/03/22, incorporaron a la Ley 20.712 (“Ley Única de Fondos o “LUF”), los artículos 26 bis, 38 bis y 80 bis que establecen diversas obligaciones para las Administradoras Generales de Fondos en favor de la Junta Nacional de los Cuerpos de Bomberos de Chile (“Bomberos de Chile”).
De acuerdo a lo anterior, Banchile Administradora General de Fondos S.A. (“Banchile AGF”), tiene la obligación de rescatar o enajenar las cuotas de fondos mutuos o de inversión de partícipes fallecidos hace más de 10 años que no hayan sido registradas a nombre de los respectivos herederos o legatarios. Asimismo, los dineros de fondos mutuos o de inversión liquidados y no cobrados dentro de 5 años desde la fecha de liquidación. Finalmente, los partícipes de fondos de inversión que no hayan cobrado los dividendos o demás beneficios en efectivo del respectivo fondo dentro del plazo de 5 años.

Más información

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Banchile AGF deberá entregar a Bomberos de Chile lo siguiente:

Comisión

Dividendos y Beneficios en Efectivo de Fondos de Inversiones

Dividendos y beneficios en efectivo no cobrados por los respectivos aportantes o partícipes de fondos de inversión dentro del plazo de 5 años contado desde la respectiva fecha de pago

Comisión

Fondos Mutuos o de Inversión Liquidados

Fondos mutuos o de inversión liquidados y no cobrados por los respectivos partícipes dentro del plazo de 5 años desde la respectiva fecha de liquidación del fondo.

Comisión

Fondos Mutuos o de Inversión de Partícipes Fallecidos.

Cuotas de Fondos Mutuos o de Inversión de partícipes fallecidos hace más de 10 años y que no hayan sido registradas a nombre de sus respectivos herederos o legatarios.

¿A quiénes afecta?

Herederos o legatarios que no hayan registrado a su nombre las cuotas de fondos mutuos o fondos de inversión de partícipes fallecidos hace más de 10 años.
Partícipes de fondos mutuos o fondos de inversión que no hayan cobrado los dineros procedentes de la liquidación del respectivo fondo dentro de 5 años desde dicha liquidación.
Partícipes de fondos de inversión que no hayan cobrado los dividendos o demás beneficios en efectivo del respectivo fondo dentro del plazo de 5 años.

¿Cuándo Banchile AGF deberá entregar los dineros a Bomberos de Chile?

Banchile AGF entregará las cuotas de fondos mutuos o de inversión de partícipes fallecidos hace más de 10 años y que no hayan sido registradas a nombre de sus respectivos herederos o legatarios y los dividendos o beneficios en efectivo de fondos de inversión que no hayan sido cobrados por los partícipes dentro del plazo de 5 años.

¿Qué hacer si estoy en una de las situaciones descritas?

En caso de encontrarse en alguno de los casos antes mencionados o si tiene alguna duda respecto de su situación, le solicitamos ponerse en contacto con su ejecutivo de atención habitual, escribirnos a servicioalcliente@banchile.cl o bien comunicarse al teléfono 600 62 62 200.

Preguntas Frecuentes

¿Con quién puedo hablar en caso de dudas?

En caso de dudas ponerse en contacto con su ejecutivo de atención habitual, escribirnos a servicioalcliente@banchile.cl, o bien, comunicarse al teléfono 600 62 62 200.